A partir de un Mensaje del Poder Ejecutivo, a fines de 2011, el Honorable Concejo Municipal sancionó la Ordenanza Nº 2.889/2012 que modificó la Ordenanza Tributaria Municipal, estableciendo coeficientes de ajustes cuatrimestrales para los siguientes tributos: Tasa General de Inmuebles (TGI), Tasa de Urbanizaciones Privadas (TUP) y Tasa Retributiva de Servicios Sanitarios (TRSS).
La normativa establece una fórmula polinómica para la TGI y la TUP, y otra para la TRSS. Ambos polinomios expresan la incidencia de los principales ítems de gastos (mano de obra, combustible, alquiler de equipos, etc.) en el incremento de costos de prestación de los servicios municipales. De esta forma, aplicándolos sobre las tasas correspondientes, permiten resguardar la recaudación municipal de la inflación de precios que tiene la economía, y de la cual el Estado Municipal no es ajeno. El objetivo es evitar la depreciación de los tributos, asegurando la prestación eficiente de los servicios municipales.